La inflación de abril 2025 fue del 2,8%, según el Indec
La última medición del Índice de Precios al Consumidor (IPC) se difundió este miércoles.
En marzo había sido del 3,7%, el registro más alto en 7 meses.
La inflación de abril 2025 fue del 2,8%, según el Indec, tras el levantamiento del cepo cambiario.
La división de mayor aumento en el mes fue Restaurantes y hoteles (4,1%), por subas en los alimentos y bebidas consumidos fuera del hogar. Le siguió Recreación y cultura (4,0%), principalmente por incrementos en Servicios recreativos y culturales.
La división que registró la mayor incidencia en todas las regiones fue Alimentos y bebidas no alcohólicas (2,9%), por los aumentos en Carnes y derivados, Leche, productos lácteos y huevos y Pan y cereales.
Las dos divisiones que registraron las menores variaciones fueron Transporte (1,7%) y Equipamiento y mantenimiento del hogar (0,9%).
A nivel de las categorÃas, los bienes y servicios en el IPC Núcleo (3,2%) lideraron el incremento, seguidos de los precios Estacionales (1,9%) y los Regulados (1,8%).
La inflación de abril fue del 2,8%, según el último Ãndice de Precios al Consumidor (IPC) que publicó este miércoles el Indec. El dato representa una baja de 0,9 puntos porcentuales con respecto al 3,7% de marzo, después de las recientes medidas económicas adoptadas por el Gobierno, en particular el levantamiento del cepo cambiario y el inicio de un régimen de flotación entre bandas en el valor del dólar.
En los primeros tres meses de 2025, el IPC habÃa mostrado una curva ascendente: en enero, la inflación fue del 2,2%; en febrero, se aceleró al 2,4%; y en marzo trepó al 3,7%, el registro más alto desde octubre del año pasado.
Con el 2,8% de abril, la inflación interanual llega a 47,3% y la acumulada en 2025 es 11,6%.
Notas Relacionadas
Durante la mañana del miércoles, personal policial llevó adelante controles vehiculares en Avenida General Savio y Paula Albarracín de Sarmiento, donde se procedió al secuestro de tres motocicletas por infracciones al Código de Convivencia de la Provincia de Córdoba (Ley 10.326).
El primer procedimiento tuvo lugar a las 11:40, cuando se secuestró una motocicleta Corven Energy 110 c.c., conducida por una mujer de 27 años que no contaba con la documentación obligatoria para circular.
Minutos más tarde, a las 12:00, en el mismo sector, se realizó el control de una Bajaj Rouser 200 c.c., guiada por un hombre de 28 años, también sin la documentación correspondiente.
Finalmente, a las 12:10, se secuestró una Keller Crono 110 c.c., conducida por un hombre de 33 años, en iguales condiciones de infracción.
En los tres casos, los rodados fueron retenidos por incumplir la normativa vigente establecida en la Ley 10.326.
En la fecha se llevó a cabo un juicio abreviado en la Cámara Criminal y Correccional de Río Tercero, en el marco de la causa “C., M.L. p.s.a. Abuso Sexual con Acceso Carnal Calificado”.
El proceso fue presidido por la jueza Guarania Barbero y contó con la presencia en sala del imputado, de 48 años, acompañado por su defensor Carlos Pajtman. Por parte de la Fiscalía de Cámara intervino el prosecretario Esteban Bonfigli.
Tras la exposición del acuerdo y el reconocimiento de los hechos por parte del acusado, el Tribunal resolvió condenarlo a la pena de 8 años y 9 meses de prisión, al declararlo autor del delito de abuso sexual con acceso carnal agravado por la condición de ascendiente.
El hecho juzgado ocurrió en Río Tercero el 18 de mayo de 2025.
Por disposición judicial, no se brindan mayores datos del condenado con el objetivo de resguardar la identidad de la víctima y su entorno familiar.
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