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21 de octubre de 2025

La Cámara Electoral le ordenó al Gobierno que publique los resultados por distrito

El máximo tribunal dispuso que el escrutinio provisorio se difunda por provincia. Lo hizo ante un planteo de Fuerza Patria. La Casa Rosada confirmó que acatará el fallo

>La Cámara Nacional Electoral resolvió hoy un aspecto clave para la transparencia de los próximos comicios legislativos: la publicación de los resultados provisorios deberá realizarse exclusivamente por distrito electoral, en línea con lo que establece la Constitución Nacional y la legislación vigente.

Se trata de una pelea de fondo, porque implica la foto que se dará el domingo a la noche, cuando se conozca, a partir de las 21, el veredicto de las urnas. Con esa cuenta, el oficialismo podía mostrar una ventaja, ya que iba a sumar los 24 distritos donde tiene representación, mientras que el sello oficial del peronismo, solo está presente en 13.

La decisión, adoptada en acuerdo extraordinario por los jueces Daniel Bejas, Alberto Ricardo Dalla Via y Santiago Hernán Corcuera, buscó evitar confusiones en la opinión pública sobre la legitimidad y el alcance de los datos difundidos la noche de la elección.

La Cámara resaltó que este escrutinio, a diferencia del definitivo que sí tiene efectos legales y es competencia exclusiva de la justicia electoral, “resulta ajeno >La resolución surge en un contexto de reiteradas advertencias sobre los riesgos de que la difusión de datos provisorios, si no se realiza con claridad y neutralidad, pueda afectar la confianza pública en el proceso electoral.

En la Argentina, la legislación no regula en detalle la metodología, verificación ni publicación del escrutinio provisorio, lo que, según la Cámara, “puede generar efectos negativos en la percepción de confianza de la opinión pública, como ocurre por ejemplo con la variación de resultados derivada del orden de carga de los datos [...] y el horario en el que se decide dar difusión de los cómputos”.

En este ciclo electoral, el Poder Ejecutivo Nacional delegó en el Correo Oficial la contratación de la empresa encargada del conteo provisorio, así como la impresión de boletas y padrones.

El núcleo de la decisión se apoya en la letra de la Constitución Nacional y el Código Electoral Nacional, que establecen que para las elecciones legislativas cada provincia y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires constituyen distritos electorales independientes. Por lo tanto, “no hay margen de interpretación alguno que permita llevar adelante un escrutinio global de todo el territorio nacional, como el previsto para la elección presidencial”.

Así, los resultados deben computarse y publicarse por distrito, sin agregados nacionales, para evitar inducir a error sobre la representación real de cada fuerza política.

La Cámara concluyó ordenando a la Dirección Nacional Electoral que la publicación del escrutinio provisorio “deberá respetar el criterio de división por distrito electoral, con arreglo al contenido de la presente”. La resolución lleva las firmas de Daniel Bejas como presidente, Alberto Ricardo Dalla Via como vicepresidente y Santiago Hernán Corcuera como juez de Cámara, con la actuación de los secretarios Hernán Gonçalves Figueiredo y Sebastián Schimmel.

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